Sportster, shortshots y decibelios

envision

Member
Hola!
Acabo de poner unos shortshots staggered black en mi fortyeight... y estoy asustadisimo!:me_kagun::me_kagun:
Vaya escandalera! Mucho más ruido que el esperado... ahora entiendo cuando la gente pone videos de los shortshots y dice que el video no hace justicia... :partiendose_de_risa
El caso es que me da mucho miedo el tema de multas por sonido, aunque el sonido actual me encanta.:enamorado:

En teoria en la ficha tecnica pone que puedo emitir 99 decibelios a 2875 revoluciones.
En Donostia, que es donde me muevo, la ordenanza dice que no puedo sobrepasar 98 decibelios, y que si sobrepaso esa cifra en 5 decibelios puedo ser multado...
Es decir, puedo llegar a emitir un maximo de 103 decibelios a 2875 revoluciones... se me antoja complicado... esto suena MUY fuerte

Me he informado a ver cual era la mejor app de apple para el iphone6 para realizar medicion de sonido y he bajado esta SPLnFFT. Por lo que he leido es de las más precisas.
Y estoy hecho un lio porque me da una medicion de 105/106 decibelios a 2875 revoluciones. No se si es muy fiable esta medicion. La he hecho siguiendo el protocolo detallado de la ordenanza municipal (aunque con mi iphone:timido:)

Ya he pedido los quiet baffles (que se supone que bajan 2-3 db) Pero aun asi me da miedo el tema multas.

Asi que os pregunto;
- ¿Cuantos llevais los shortshots? ¿Experiencias? ¿A cuantos os han parado/multado por ruido?
 
Yo los llevo, en mi forty con los baffles, ya que al igual que a tu, me acojoné la primera vez que arranque la moto.
Pero te puedes creer que a medida que pasan los meses, cada vez me parece que suenan menos??? Será que me estaré quedando sordo jajajajaja, me estoy planteado quitarle los baffles!!

Respecto a la policía yo me he dado cuenta que va dependiendo la zona. En Tenerife digamos que no dan mucha caña. No conozco a nadie que le hayan multado.

Igualmente ya te darás cuenta cuanto gas darle a la moto cuando tengas polis cerca o sea de noche, por ejemplo en poblado hay una diferencia notable en el sonido llevando la moto en segunda a bajas revoluciones (vamos, dnd normalmente irias en primera haciendo rugir la bicha jeje)

Igualmente por norma general y no escrita, son más permisivos con las custom harleys, porque se "asume" que son ruidosas. En cambio con las R siempre son más estrictos.
 
Última edición:
La cifra de referencia es 101 Db según la ordenanza del 2000 y la podrías superar en 6 como máximo.
http://www.donostia.org/secretaria/normunicipal.nsf/vListadoId/528020603629B61BC1256BB40033F8BC/$file/Contaminacion_acustica.pdf
Al menos eso entiendo yo.
Lo de medir con el IPhone puede ser bastante exacto pero lo que vale es el sonometro que use la autoridad.
Birras
 
Wow Bugui Esponja!! Gracias tio! Me has dejado flipado porque has mirado hasta la ordenanza... peeero.... los muy cabrones la han cambiado. Hay un anexo de 2007 en la web del ayuntamiento que baja el limite a 98 y deja el limite de sobrepasarse en 5 db... Me lo estan poniendo dificil!

Y gracias por la expe Adejedario! Hace ni un mes estuve por alli y vi una forty en el parking del hotel sol en los cristianos...a ver si es la tuya? jeje... que suerte tienes de vivir en el paraiso tio! Aqui no para de llover!!

GRACIAS!
 
Directamente te pueden multar por no llevar escapes homologados.


pozi, hay varios artículos en la ley de seguridad vial y reglamento general de circulación que digamos lo deja bastante al criterio del agente en cuestión el denunciarte si él cree que vas a escape libre y no tiene que hacer ninguna mención a los dbs, triste pero real.:enfado:
 
Ok... a eso voy Ratatopo y Lobezno...
Por poder pueden multarte por cienmil cosas...lo se...¿pero ocurre?
¿Alguien ha sido multado por llevar los shortshots, por ejemplo? ¿O por pasarse de decibelios?
 
¿¿Y como sabe un municipal si mis shortshots estan o no estan homologados??... no creo que sepan la diferencia entre los shortshots, unos screaming eagle o los de serie de una forty... para eso estan las ITV... Como mucho pueden darse cuenta de que suenan demasiado y hacer una medicion. Si sobrepaso el limite de decibelios, multa y supongo que retirada del permiso de circulacion y obligacion de pasar ITV para verificar que todo esta correcto... ¿No?
 
Por el grabado o placa donde lo pone. Es lo mismo que en los espejos, tulipas, faro etc.
Sin ir más lejos el casco.
En realidad en cualquier momento te pueden hacer un control y comprobar que todo está homologado y fundirte por todo lo que no esté en regla. A los transportistas se lo hacen a diario.
Birras
 
Última edición:
Pues yo abandoné el mundo R por las multas. Domingo tras domingo escuchaba a los compañeros lo caro que les salía rodar.
Será que soy tacaño.
Birras
 
Yo los llevo ya hace un año y hasta la fecha no he tenido problema alguno, y no llevo quiet baffles, el remapearla ayuda, pues no va tan revolucionada, por tanto parece que moleste menos.

Birras!!!
 
En Zaragoza capital son muy estrictos con el ruido,cada vez que tengo que ir voy acojonado y eso que llevo los screaming,que son de sonido decente,se las saben todas,marcas,etc,muchos han tenido que renunciar a los escapes.
 
Yo los llevé puestos un par de años y no tuve ningún problema. Sin quiett-bafle y con ellos. La cuestión está en no hacer el bandarra, llevarla a punta de gas en ciudad y acelerar muy poco.

Al final he vuelto a los originales (abiertos) que me gustan más.
 
¿Juntos? Pense que era o unos u otros...pero... ¿Juntos? ¿Como? Me gusta lo que leo.... "Atenuan bastante" suena taaaaan bien...
 
Mi experiencia es que son la ostia los llevo a pelo y paso en el curro por delante de una garita de la Guardia Civil y me pararon una vez para que uno de ellos me dijera mi hijo tiene una igual, yo me cagué cuando me dio el alto pero cuando lo escuché repetiré tranquilo. Bueno que poco a poco te vas acostumbrando.:cachondon:
 
Para ir por la ciudad todo lo que no sean unos street performances es muchooo ruido..
Incluso los SP suenan bastante entre edificios..


salu2
 
¿¿Y como sabe un municipal si mis shortshots estan o no estan homologados??... no creo que sepan la diferencia entre los shortshots, unos screaming eagle o los de serie de una forty... para eso estan las ITV... Como mucho pueden darse cuenta de que suenan demasiado y hacer una medicion. Si sobrepaso el limite de decibelios, multa y supongo que retirada del permiso de circulacion y obligacion de pasar ITV para verificar que todo esta correcto... ¿No?

pues no. el municipal en cuestión no tiene que saber nada ni saber nada de marcas de escapes..., simplemente si a él le parece que suenan más de lo que deberían pues te mete una denuncia al reglamento general de circulación, art. 11 apartado 19 que dice algo asi como " circular con un vehículo a motor con escape libre sin silenciador de explosiones o con este ineficaz", por supuesto sin hacer mención ninguna a la palabra "decibelios" por parte del agente, por que entonces si que es cuando se puede recurrir la denuncia facilmente, además ya no te retiran la documentación.
 
Lobezno, ¿tú en qué equipo juegas?. Aunque fuera cómo tú dices, (tal vez yo esté confundido), no se deben dar pistas al enemigo.:extranyado:

Yo creo que eso de multar, porque yo agente "considere" y punto... no es tan así, ni mucho menos.
Me explico:
Efectivamente, el Artículo 7, del Capítulo 1 del Título 1 del Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, dice lo siguiente, entre otras cosas:

Se prohíbe, asimismo, la circulación de los vehículos mencionados cuando los gases expulsados por los motores, en lugar de atravesar un silenciador eficaz, salgan desde el motor a través de uno incompleto, inadecuado, deteriorado o a través de tubos resonadores, y la de los de motor de combustión interna que circulen sin hallarse dotados de un dispositivo que evite la proyección descendente al exterior de combustible no quemado, o lancen humos que puedan dificultar la visibilidad a los conductores de otros vehículos o resulten nocivos.

Los agentes de la autoridad podrán inmovilizar el vehículo en el caso de que supere los niveles de gases, humos y ruidos permitidos reglamentariamente, según el tipo de vehículo, conforme al artículo 70.2 del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.





Pero si nos vamos al citada normativa (70.2), nos encontramos lo siguiente:

Artículo 70 Garantía de procedimiento

1. No se podrá imponer sanción alguna por las infracciones tipificadas en esta Ley sino en virtud de procedimiento instruido con arreglo a lo dispuesto en el presente Capítulo y en las disposiciones reglamentarias que lo desarrollen y, supletoriamente, por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología y su normativa de desarrollo.
Ir a Norma modificadora
Título V redactado por el apartado siete del artículo único de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el R.D. Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora («B.O.E.» 24 noviembre). Téngase en cuenta que los efectos de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, que sean favorables para el infractor entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», es decir, el 25 de noviembre de 2009.Vigencia: 25 mayo 2010


Y si buscamos modificaciones sobre la citada normativa, en la DGT lo único que encontramos es lo siguiente:
http://www.dgt.es/es/seguridad-vial...o-trafico/circulacion-general/modificaciones/
Donde no encuentro por ningún lado, esa potestad para "multar" sencillamente, por la consideración personal de un Agente.

Cómo digo, es posible que yo esté equivocado.
 
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