No es obligatorio llevar encima documentaciÓn

Juan1450

Well-Known Member
Q tal. Estoy escuchando mucho q no tenemos xq llevar la documentación de la moto encima desde hace unos años. A las autoridades les debe bastar con la matrícula. Alguien sabe algo de esto??
 
He oído lo mismo un buen montón de veces, pero no te sabría decir si es leyenda urbana o realidad... Estaré atento.

Enviado desde mi Nexus 6 mediante Tapatalk
 
Leyenda urbana. Tu documentación (permiso de conducir) y la de la moto (tarjeta de IT, Permiso de Circulación e informe de la ITV), obligatoria. El recibo del seguro y el IVTM, del año en curso, opcional (si no lo llevas, pero está pagado, no pasa nada)
 
Lo único que se puede no llevar encima es el recibo del seguro.
Pero si te paran y no funcionan los medios para comprobarlo por parte de los agentes, procederán a denunciarte. Quedando invalidada cuando lo presentes en tráfico, dentro del plazo, con lo cual habrás perdido toda una mañana por no llevar media hoja de papel.
 
Lo único que no es obligatorio llevar encima es el recibo del seguro obligatorio por lo demás que yo sepa lo de toda la vida: permiso de conducir, permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica, de todas fomras esto ya salió hace poco en el foro y creo recordar que quedó como una leyenda urbana, a ver si alguien consigue información oficial al respecto.
 
Aquí está bien claro:

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOSA MOTOR Y SEGURIDAD VIAL

TÍTULO IV Autorizaciones administrativas
CAPÍTULO I Autorizaciones en general
Artículo 59. Normas generales:

2. El conductor de un vehículo a motor o ciclomotor queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válidos para conducir, así como el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de inspección técnica, y deberá exhibirlos ante losa gentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas que se lo soliciten, en los términos que reglamentariamente se determine.

http://www.dgt.es/Galerias/segurida...ico/normas-basicas/doc/RDL-6_2015.-TR-LSV.pdf
 
Alguno además de la documentación debería llevar un cuadernillo rubio
Por que tienes esa necesidad de faltar y de crear polemica? Llevo menos que tu en este foro y sé que Savi es francés, pero aún siendo español, entiendo perfectamente lo que quiere expresar
Macho, tu además de la documentación deberias llevar una botellita de humildad para que te la tomes cuando te falte
Joer!
 
Sobre la documentación, yo personalmente llevo fotocopias compulsadas (una en cada cazadora) hasta que tenga una alforja o un rulo donde meterla. Al no ser originales no es un suplicio si te la roban o la pierdes


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
Haya paz

Yo llevo DNI, permiso de conducir en la cartera y fotocopias compulsadas de la tarjeta de inspección técnica y ficha metidas en la alforja que si me las roban me la pela.

Para todo lo demás, Mastercard

V'sss...
 
a tener en cuenta lo que dice savi-69 e importante: las compulsas tienen que estar hechas por la dgt, no vale pasarse por el cuartel de la guardia civil de tu pueblo ni por el ayunamiento, por lo menos para ir legal, otra cosa es que te pare quien sea y no te diga nada.
 
Lo único que se puede no llevar encima es el recibo del seguro.
Pero si te paran y no funcionan los medios para comprobarlo por parte de los agentes, procederán a denunciarte. Quedando invalidada cuando lo presentes en tráfico, dentro del plazo, con lo cual habrás perdido toda una mañana por no llevar media hoja de papel.

Queda invalidada....o no. Hace 4 años me pusieron multa por no llevar el papel del seguro y no poder comprobarlo. Fui a la DGT a rellenar la instancia y a presentar el seguro. Dijeron qie me la quitarían en breve. Recibí una carta diciendo que se ratificaba la multa.
Tres recursos despues, agotando todos los procedimientos que habia, y ante mi negativa de pagar, me lo trincaron de la cuenta.
Mejor llevarlo por si acaso
 
Por cierto, me fui a quejar a la DGT y me informaron que quien quita la multa no es la propia DGT, si no que es el agente que te la puso el que tiene que acceder a ello. Si te toca alguien con los cables cruzados, no te salva ni la DGT
 
Queda invalidada....o no. Hace 4 años me pusieron multa por no llevar el papel del seguro y no poder comprobarlo. Fui a la DGT a rellenar la instancia y a presentar el seguro. Dijeron qie me la quitarían en breve. Recibí una carta diciendo que se ratificaba la multa.
Tres recursos despues, agotando todos los procedimientos que habia, y ante mi negativa de pagar, me lo trincaron de la cuenta.
Mejor llevarlo por si acaso

hace cuatro años aún era obligatorio llevar el recibo del seguro, y es verdad, te sanciona la dgt, o sus autoridades, pero siempre oyendo al agente que te "ha propuesto" para esa denuncia, y si él dice que no te la quita, pues en el 99% de los casos va a ser que no te salva ni dios.
 
Última edición:
Ya estaba vigente la norma, creo recordar que entró en vigor a finales de 2010 o principios de 2011.
De hecho en la DGT se cagaron en la madre del guardia por seguir poniendo multas por ese motivo, que ocasionaba más trabajo en oficina.
 
Yo tambien llevo dni, carnet de conducir, papeles compulsados pir dgt y el recibo del seguro a todo color... e incluso una copia de la poliza.
Tambien llevo unos S&S. Asi que no me libro del puro, sea por un lao o por otro....
 
Atrás
Arriba