ATENCIÓN. PREGUNTA: se puede llevar la matrícula en el respaldo o sissy bar???

luiper

Well-Known Member
birras a todos de antemano... estoy pensando en poner un sissy bar y ponerle ahí la matrícula para despejar la rueda... pregunto a los expertos:

¿se puede colocar la matrícula en el sissy y pasa itv sin más?
a) si, se puede poner sin problema, sigue estando centrada y a la vista, por lo que no hay que homologar y pasa itv ...:beer2:
b) si, se puede poner pero es necesario homologar el cambio para poder pasar la itv y circular legalmente.:book1:
c) no es homologable, por lo que no pasará itv en la puñetera vida o dependerá de la benevolencia del fulano que te la pase.:yb668[1]:
d) no, es pecado mortal y cuando te mueras vas a ir al infierno derechito...:timido:

Saludos!!!
 



Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. (http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826)


CAPÍTULO VII - Placas de matrícula
Artículo 49. Homologación, caracteres, dimensiones y otros requisitos.
1. Las placas de matrícula deben corresponder a tipos homologados, conservar su poder retrorreflectante y ser visibles y legibles, de acuerdo con la reglamentación que se recoge en el anexo I.
En las placas de matrícula deben figurar los caracteres que se indican en el anexo XVIII.
3. Queda prohibido que en las placas de matrícula se coloquen, inscriban o pinten adornos, signos u otros caracteres distintos de los señalados en el anexo XVIII, incluida la publicidad en el interior de las mismas.
Se autoriza la utilización de un marco ajeno a la propia placa, el cual podrá ir grabado en la parte inferior con publicidad, siempre y cuando su contorno no exceda de 26 milímetros al borde del exterior de la placa.

ANEXO XVIII- PLACAS DE MATRÍCULA
III. Número y ubicación de las placas

2. Los ciclomotores y las motocicletas llevarán una sola placa en la parte posterior, colocada en posición vertical o casi vertical, en el plano longitudinal mediano del vehículo y en el centro y por encima del guardabarros posterior en el caso de las motocicletas que no llevan sidecar, y entre ambas ruedas posteriores y, lo más alta posible, si lo llevan.


DIRECTIVA 2009/62/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de julio de 2009 relativa al emplazamiento para el montaje de la placa posterior de matrícula de los vehículos de motor de dos o tres ruedas

ANEXO I

3. INCLINACIÓN
3.1. La placa posterior de matrícula:
3.1.1. deberá ser perpendicular al plano longitudinal medio del vehículo;
3.1.2. podrá estar inclinada respecto a la vertical en el ángulo no superior a 30°, estando el vehículo descargado, cuando la superficie que lleva el número de matrícula esté orientada hacia arriba;
3.1.3. podrá estar inclinada respecto a la vertical en el ángulo no superior a 15°, estando el vehículo descargado, cuando la superficie que lleva el número de matrícula esté orientada hacia abajo.



Según parece, en el sissy o respaldo, si está vertical, centrada e iluminada no habría problema.


 
Mil gracias Pope, en efecto, parece que según la normativa no habría problema...
 
Última edición:
Opcion b), se puede poner, pero hay que homologar si o si. Otra cosa distinta es que en la ITV no pongan pegas, lo cual no fue mi caso y homologue el cambio para ponerla debajo del piloto.
 
Hay que homologar el cambio de ubicación (ya que va a cantar en la ITV y lo mirarán).
Pero también hay una altura máxima y mínima para la ubicación. A ver si lo encuentro y lo pongo.
 
Ya lo encontré, y si no vas a llevar un sissy demasiao gamberro seguro que cumples. jeje.
Altura máxima con vehículo descargado 1,50m. No se por qué creí que la altura era menor.
Altura mínima 0,20m del suelo o el radio de la rueda si este es menor.
Y las inclinaciones que te puso Pope.
 
por cierto, y perdón por el off topic, pero para los que se empeñan que es obligatorio el marco en la matrícula (incluidos currelas de las itvs y algunos policías locales), no lo cita por ningún sitio en el texto legal que adjuntó Pope, sólo dice que se podrá, no que se obligará a llevarlo esté la matrícula "parriba" ni "pabajo" del guardabarros, ni que haya que llevarla por que corta cual cuchillo jamonero ni otras sandeces.
 
Me permito algún comentario.
Como ya se ha comentado. El cambio de emplazamiento d ela placa de matrícula es una reforma de importancia que debería de ser legalizada.
Si el titular del vehículo opta por que esta no se legalice o la ITV no se percata de la reforma, este es otro tema que considero que no merece ser tratado en un foro, pues es una decisión personal.
En el cambio de emplazamiento de la matrícula hay que tener en cuenta como queda la luz de iluminación de esta placa y las luces traseras. Si estas tambien cambian d eemplazamiento tambien se tratará como una reforma.
Ahora viene el tema económico. El coste medio, en función del laboratorio que emita el certificado, es de unos 150,00 €+ ITV. En estas reformas no hace falta proyecto técnico, por lo que te ahorras el coste del ingeniero.
Respecto a lo comentado del soporte d ela placa de matrícula. Es cierto que en ningún redactado reglamentario se mencione la obligatoriedad de colocar un soporte a la matrícula. Pero tanto los laboratorios como muchas ITV lo exigen. A poesar de que el emplazamiento d ela placa cumpla con la Directiva 97/24/CE capítulo 3. Luchas contra esto e sposible y en muchos casos, no todos, se ganaría la lucha. Pero cuesta tiempo y dinero. Lo más práctico es colocarle un soporte con radios menores de 2 mm y con dimensiones mayores que la placa y listo.
 
Mientras lleves el portamatriculas, se vea bien la matricula y tenga su iluminacion correspondiente llevala donde quieras, luego en las ITVs puede que des con el tipico amargado de la vida pero no debe dar problemas
 
En que quedamos arqueromongol, no lo exige la ley, ni está legislado como lo está hasta la última pieza de tu moto pero en la itv te obligan a llevarlo?????
Si alguna vez me dicen de ponerselo a mi moto les diré que me digan en la itv el número de homologación que tienen que llevar.:lengua_fuera:
 
EL problema de la matrícula, salvo el tema de la ubicación lateral, es LA ILUMINACIÓN, como dice BUGUI.
Y eso, es una reforma de IMPORTANCIA.
Por lo demás, en la ITV te pedirán lo que marca el R.D. sobre las inspecciones técnicas.
Suerte.
 
Última edición:
Pues no quedamos en nada.
Repito y amplio lo que ya he comentado.
No existe ninguna referencia reglamentaria, ni española ni Directiva CE ni Reglamento ONU, que son el conjunto de reglamentación que se puede aplicar a una motocicleta, que establezca que es necesario que exista un soporte de placa de matríocula.
Lo que sucede es que como las matrículas tienen un perfil exterior con radios inferiores a 2 mm, el técnico, tanto de la ITV como del laboratorio acreditado por La Administración, interpreta que incumple La directiva de salientes exteriores.
Y lo anterior tendría su razón si no fuera por que la inmensa mayoría de matrículas están fuera del campo de contacto con elementos ajenos a la motocicleta.
Y como he comentado, el tema de radios menores a 2 mm se aplica a cualquier componente de la motocicleta que no quede oculto bajo la carrocería, depósito, asiento, etc.
Pongo algún ejemplo para entender lo del campo de contacto.
Un guardabarros delantero con un canto lateral vivo, por estar en el campo de contacto con un elemento exterior, como es un peatón, incumple la Directiva de salientes exteriores.
Unos estribos terminados en punta, lo mismo.
Un manillar con terminales en punta, lo mismo.
 
Pues no quedamos en nada.
Repito y amplio lo que ya he comentado.
No existe ninguna referencia reglamentaria, ni española ni Directiva CE ni Reglamento ONU, que son el conjunto de reglamentación que se puede aplicar a una motocicleta, que establezca que es necesario que exista un soporte de placa de matríocula.
Lo que sucede es que como las matrículas tienen un perfil exterior con radios inferiores a 2 mm, el técnico, tanto de la ITV como del laboratorio acreditado por La Administración, interpreta que incumple La directiva de salientes exteriores.
Y lo anterior tendría su razón si no fuera por que la inmensa mayoría de matrículas están fuera del campo de contacto con elementos ajenos a la motocicleta.
Y como he comentado, el tema de radios menores a 2 mm se aplica a cualquier componente de la motocicleta que no quede oculto bajo la carrocería, depósito, asiento, etc.
Pongo algún ejemplo para entender lo del campo de contacto.
Un guardabarros delantero con un canto lateral vivo, por estar en el campo de contacto con un elemento exterior, como es un peatón, incumple la Directiva de salientes exteriores.
Unos estribos terminados en punta, lo mismo.
Un manillar con terminales en punta, lo mismo.


No estamos hablando de un guardabarros modificado o en mal estado, ni de estribos terminados en punta, ni de un manillar idem de idem. Estamos hablando de una matrícula debidamente homologada y por lo tanto legal y en su emplazamiento original.
 
Estáis mezclando dos conceptos disjuntos.

¿Puede la matricula de una moto estar situada detrás del respaldo? Si, sin duda. Nada en la normativa de homologación de vehículos lo impide.

¿Puede en una moto que originalmente la tenga en otro sitio moverse y colocarla detrás del respaldo? Si... si se hace con todas sus consecuencias, y con la correspondiente documentación legal. El trasladar la matrícula de sitio es una reforma de importancia, y como tal tiene que tratarse. Esté donde esté originalmente, y vaya a parar a donde vaya a parar. Y puesto que la matrícula ha de estar correctamente iluminada normalmente la reforma también tendrá que afectar a iluminación.

Esto es, habría que hacer exactamente lo mismo que si se mueve, por ejemplo, a un lado, o de la parte superior al extremo del guardabarros.
 
Estáis mezclando dos conceptos disjuntos.

¿Puede la matricula de una moto estar situada detrás del respaldo? Si, sin duda. Nada en la normativa de homologación de vehículos lo impide.

¿Puede en una moto que originalmente la tenga en otro sitio moverse y colocarla detrás del respaldo? Si... si se hace con todas sus consecuencias, y con la correspondiente documentación legal. El trasladar la matrícula de sitio es una reforma de importancia, y como tal tiene que tratarse. Esté donde esté originalmente, y vaya a parar a donde vaya a parar. Y puesto que la matrícula ha de estar correctamente iluminada normalmente la reforma también tendrá que afectar a iluminación.

Esto es, habría que hacer exactamente lo mismo que si se mueve, por ejemplo, a un lado, o de la parte superior al extremo del guardabarros.
Cuando dices de mover la matrícula a un lado te refieres a cómo en la foto? Siempre he creído q llevarla al lado es ilegal, y ojalá sea legal porque es como me gustaría llevarla a mi.
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Cuando dices de mover la matrícula a un lado te refieres a cómo en la foto? Siempre he creído q llevarla al lado es ilegal, y ojalá sea legal porque es como me gustaría llevarla a mi.

Si, es legal. Hay unas limitaciones con respecto a distancias, ángulos (para garantizar que la matrícula es correctametne visible), pero si se cumplen, lo es.

Pero de nuevo... lo mismo. Requiere de un proyecto, una adecuación y una legalización. Lo que no es legal es simplemente acoplarle a la moto un soporte, cambiar tu mismo la matrícula, y a correr.
 
Llevarla lateral: Pues es legal. El problema es que NO TODAS pueden llevarla. Lo he consultado a un par de laboratorios de homologaciones, y lo primero que te preguntan es el número de bastidor. A partir de ahí, te dicen si se puede o no.
Y digo como nos cuantos de más arriba: Si se cambia, requiere cambio de electricidad. Y ese, es el problema, porque sí que existen Kits homologados para el cambio a lateral.
 
2. Los ciclomotores y las motocicletas llevarán una sola placa en la parte posterior, colocada en posición vertical o casi vertical, en el plano longitudinal mediano del vehículo y en el centro

Más claro el agua

Hace unos años dejaban
 
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