¿Que hay que hacer en una venta?

Barracus

Asturmodereitor
Ya lo se todos direis contrato y cambio de titularidad del vehiculo,jejeje
¿Hay que pagar impuesto de trasmisiones patrimoniales en un vehiculo importado usado,que ha sido vendido en España y que ahora va a ser vendido otra vez?
A ver si me aclarais esto.
Birras para todos!
 
¿qué pasa,qué con todas las motos que se compran y se venden en el foro nadie lo sabe?¿Hay que pagar en el modelo E620 de hacienda o se esta exento?
 
¿YA viste las fotos de la quedada ,pesao?¿enterate a ver de lo que pregunto tu que estas ocioso?
 
Joer Barracus... que entre el primer mensaje y el segundo no han pasado nada más que 22 minutos.... y son más de las 12 de la noche...

Tío; que la gente madruga....
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A ver... cuenta... ¿que te han ofrecido por ahí?...
 
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jajaja joer Barracus vives pegado al monitor tio........

Yo tengo un monton de dudas respecto a una compra tb.
Me planteo la compra de una nightster, pero no se si pillarla aqui o traerla de UK, me ahorro una pasta pero no se lo que hay que pagar luego realmente aqui.... asi que no se lo que me pueda ahorrar o no...... voy a extenderme en otro post qe inicié sobre la compra de una segunda moto, asi no contamino este hilo.......
Espero te ayuden Barracus, yo mañana llamaré a mi asesor para el tema de la importación, le preguntare lo tuyo a ver si sabe algo de esto.
Saludos
 
Ya lo se todos direis contrato y cambio de titularidad del vehiculo,jejeje
¿Hay que pagar impuesto de trasmisiones patrimoniales en un vehiculo importado usado,que ha sido vendido en España y que ahora va a ser vendido otra vez?
A ver si me aclarais esto.
Birras para todos!

Pues claro...el impuesto de transmisiones patrimoniales ...y actos jurídicos documentados, creo que es, hay que pagarlo SIEMPRE que haya una transmision de Bienes o derechos "Intervivos"...vamos que no te escapas M.A....

La bese del impuesto, creo que es el valor "Venal" del vehiculo, hacienda tiene unas tablas...
El Importe es , o era hasta hace poco, el 4% del valor que tiene hacienda,...consultas las tablas, y declaras ese valor, no más claro, ...tampoco es tanto, segúnlas tabla de hacienda, una moto de más de 1200 cc, vale el primer año 12000 Euros,...y a los cinco, por ejemplo, se reduce el valor un 47% osea, que vale 12.000*0,53=6.360 Euros...valor que tu declararas en el impreso...con lo que pagarías 6360*0.04= 254 Euros...
Tampoco ye pa tanto...
 
creo que ya lo explique por ahí pero te lo refresco, para comprar un vehículo entre particulares hay que rellenar varios impresos, entre ellos ( en la comunidad de Madrid) un contrato de compra-venta ( modelo 430 ) y un impuesto de transmisión de vehículo ( modelo 620 ) que como bien dice Lucho es un 4 % del valor del vehículo segun las tablas de tráfico.
Después si quieres hacer la trasnferencia tu mismo solo hay que ir a la jefetura Provincial de tráfico de tu comunidad-ciudad rellenar y pagar ( 50E ) la tasa de transferencia junto a los dos modelos anteriormente mencionados y la documentación de la moto y los DNI,s del compraador y vendedor.
O bien directamente con los Dni del comprador y vendedor mas la documentación de la moto y un contrato de compra-venta se va a una gestoría ( que allí tienen las tablas de tráfico ) y se abona el impuesto de transmisión mas su comisión y en unos días te hacen la transferencia y te los envían a casa.
 
Barracus, que te traes entre manos? Te vas a pilar la road ya?
Yo del tema no tengo ni zorra, me compre la moto nueva :) :)

Saludos
 
entre lucho y venom, te lo an dejado claro jejejejej y yo pongo;
si aki la cuestion es pagar como sea, da igual lo que te compres , vendas siempre pagar............................ j d r
 
...hey barracus,que pasa...? yo estoy en la misma situacion y la verdad es que ni me lo habia planteado...pagar es lo normal; pero al loro, hoy no me han pasado la itv por no llevar catadioptrico en la parte trasera ( facil de solucionar), y por no llevar LUZ DE POSICION!!! j***rrr, es obligatoria esa p**a e inutil bombillita?? supongo que esto esta respondido en algun rincon del foro, pero mientras lo busco, ayuda compañeros, que de la sed ya me ocupo yo...
 
y por no llevar LUZ DE POSICION!!! j***rrr, es obligatoria esa p**a e inutil bombillita?? supongo que esto esta respondido en algun rincon del foro, pero mientras lo busco, ayuda compañeros, que de la sed ya me ocupo yo...
Hola BRP217:

Me acabo de sacar el teorico, por lo que te puedo asegurar que es OBLIGATORIO llevar luces de posición, tanto traseras como delanteras, siempre que estés conduciendo la moto (bueno, la de posición y cruce), asi que se la vas a tener que poner. No es que no sirva para nada, es para que nos vean los demás, sobre todos los que no tienen equilibrio... ;)

Enga, saludosssssss y Vsssssssss
 
Este cabron las mata callando, seguro k ya tiene una gordita apalabrada. Encima despues de la kdda..................
 
No se de que hablais,si estoy mas pelao...siempre estais pensando mal,que si conspiraciones ,que si confabulaciones...
 
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