Si el que vende es una empresa -o persona física que se ha desgravado el IVA, como un autónomo por ejemplo- siempre (con independencia de la antigüedad del vehículo) vende el vehículo con el IVA incluido en el precio y no se paga ITP.
Me explico, si un particular vende una moto valorada por hacienda en 10.000 €, el que la compra pagará el 4% de ITP y los pequeños gastos de transferencia. Si el que vende es una sociedad, se la vende en 10.000 € IVA incluido y no hay que pagar el 4% de ITP. Sólo los pequeños gastos de transferencia.
Efectivamente, necesitas que te hagan la factura, que en este caso sería de 8.475 € + 1.525,50 € de IVA, total = 10.000,50 €.
Ojo, si el valor de la moto es de 10.000 €, nunca se pondría 10.000 € + IVA, sino que son 10.000 € IVA incluido.