La mutua- siniestro

NICOLAS71

Well-Known Member
Birras por doquier para todos, y por si le puede ayudar a alguien publico la siguiente historia

He tenido un accidente con mi 883 y estoy viendo si la Mutua me la da siniestro total y me la paga. Me darían el valor de la moto según el libro Ganvam más un 30% de afección (más o menos).

Mi duda era, si la Mutua me indemnizaba por los restos me podría quedar con los ellos y luego yo revenderlos, arreglarlos, etcetc o ¿se los quedaban ellos y luego los vendían? Es una moto antigua que en la calle me la compran por muy poco y lo que saco de la indemnización mas lo que saque por los restos me sale más a cuenta siempre que consiga quedarme con los restos.

Así que preguntando por ahí, mi amigo Darkman del foro se ofreció a llamar a la Mutua y preguntarlo (yo no quería hacerlos para no levantar la perdiz) y le han dicho que; “independientemente de la póliza, los restos del vehículo son propiedad del asegurado. Solamente en casos excepcionales (que haya responsabilidades penales, muertes, etc), la Mútua puede determinar quedarse ella los restos del vehículo hasta que se aclare todo, o de forma indefinida.”

Como dije antes, publico esto por si algún forero tiene un problema similar y esto le puede ayudar. Si necesitáis alguna aclaración mas o queréis preguntarme algo, enviarme un mensaje privado y hablamos. A vuestra disposición.
 
A mandar hermano. Mucha suerte con esta gestión, y si necesitas algo que esté en mi mano, ya sabes.....
Ráfagas.
 
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